lunes, 10 de febrero de 2020

Ley vigente en la Comunidad de Madrid para Perros Potencialmente Peligrosos parte I

Los Perros Potencialmente Peligrosos disponen en la Comunidad de Madrid de una legislación específica en la que se registran los derechos y las obligaciones que ha de tener el dueño de este tipo de perro, así como una serie de responsabilidades administrativas. Esta normativa viene regulada por el Real Decreto 287/2002 (que amplía la Ley 50/99).


Si está interesado en los Perros Potencialmente Peligrosos, le ayudamos a continuación a conocer las razas y sus características, así como las obligaciones y las medidas de seguridad que se aplican en la Comunidad de Madrid.

Clasificación de Perros Potencialmente Peligrosos

Son aquellos susceptibles de poner en riesgo la integridad física de las personas o de otros animales. Las razas que pertenecen a este grupo son:
  • Pit Bull Terrier
  • Staffordshire Bul Terrier
  • American Staffordshire Terrier
  • Rottweiler
  • Dogo Argentino
  • Fila Brasileiro
  • Tosa Inu
  • Akita Inu
También se incluyen los cruces entre los perros de estas razas y aquellos canes que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones, tras previo estudio del caso.
La Comunidad de Madrid amplía este listado al incluir a cualquier perro que cumpla la mayoría de estas características:
  1. Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
  2. Marcado carácter y gran valor.
  3. Pelo corto.
  4. Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
  5. Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
  6. Cuello ancho, musculoso y corto.
  7. Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
  8. Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
Si surgen dudas al respecto, es recomendable acudir a un veterinario colegiado que podrá certificar si nuestro can es potencialmente peligroso.


Obligaciones para los dueños de Perros Potencialmente Peligrosos

En la Comunidad de Madrid se ha de adquirir una licencia, en la que se cumplan los siguientes requisitos:
  • Ser mayor de edad.
  • Certificar que no se han cometido delitos violentos, entre otros.
  • No estar sancionado de gravedad por el régimen jurídico de animales potencialmente peligrosos.
  • Disponer de un certificado de capacidad física y de aptitud psicológica para la tenencia de Perros Potencialmente Peligrosos.
  • Seguro de responsabilidad civil no inferior a 120.000 €.

La licencia es renovable, con una vigencia de cinco años, y el perro ha de estar inscrito en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos de la Comunidad de Madrid. Ambos documentos se han de llevar con los animales de estas características. 

Cualquier tipo de duda o consulta no dude en ponerte en contacto con nosotros, tienes un formulario o directamente escríbenos al email 3patas@3patas.es o llámanos al 687 234 215

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